Deleuze sobre Kant:
El Bien y la Belleza
«Como dice Kant, “la belleza misma es símbolo del bien” (quiere decir que el sentido de lo bello no es una percepción confusa del bien, que no hay relación analítica alguna entre el bien y la belleza, sino una relación sintética conforme a la cual el interés de lo bello nos dispone para ser morales, nos destine a la moralidad). De esta forma la unidad indeterminada y el acuerdo libre de las facultades no constituyen solamente lo más profundo del alma, sino que preparan el advenimiento de lo más alto, es decir, la supremacía de la facultad de desear, y hace posible el tránsito de la facultad de conocer a esta facultad de desear» (DELEUZE, Gilles: La philosophie critique de Kant, PUF, 1977, pág. 80) [Traducción de Silverio Sánchez Corredera]
El sentido común estético: puente entre el entendimiento y la razón
«Podría creerse que el sentido común estético completa a los dos precedentes: en el sentido común lógico y en el sentido común moral, tanto el entendimiento como la razón legislan y determinan la función de las otras facultades; ahora le tocaría a la imaginación. Pero no puede ser de esa manera. La facultad de sentir no legisla sobre los objetos; en ella no hay, pues, una facultad (en el segundo sentido de la palabra [aclarado en otro lugar]) que sea legisladora. El sentido común estético no representa un acuerdo objetivo de las facultades (es decir una sumisión de los objetos a una facultad dominante, la cual determinaría al mismo tiempo el papel de las otras facultades en relación con estos objetos), sino una pura armonía subjetiva donde la imaginación y el entendimiento se ejercitan espontáneamente, cada uno a su manera. Por ello, el sentido común estético no completa a los otros dos; él los funda y los hace posibles. Una facultad no adoptaría jamás un papel legislador y determinante si todas las facultades conjuntamente no fueran primero capaces de esta libre armonía subjetiva» (DELEUZE, Gilles: La philosophie critique de Kant, , PUF, 1977, pág. 72) [Traducción de Silverio Sánchez Corredera]
Lo sublime
«Lo sublime nos pone, pues, en presencia de una relación subjetiva directa entre la imaginación y la razón. Pero más que un acuerdo, esta relación es en primer lugar un desacuerdo, una contradicción vivida entre la exigencia de la razón y el poder de la imaginación. Es por ello que la imaginación parece perder su libertad, y el sentimiento de lo sublime, parece ser más una pena que un placer. Pero, en el fondo del desacuerdo, el acuerdo aparece; la pena hace posible un placer. Cuando la imaginación es puesta en presencia de su límite por alguna cosa que la supera por todos lados, ella misma supera su propio límite, es verdad que de manera negativa, representándose la inaccesibilidad de la Idea racional, y haciendo de esta inaccesibilidad misma algo presente en la naturaleza sensible. “La imaginación, que fuera de lo sensible no encuentra nada donde sustentarse, se siente sin embargo ilimitada gracias a la desaparición de estos límites; y esta abstracción es una presentación del infinito que, por esta razón, no puede ser sino negativo, pero que, sin embargo, ensancha el alma” (Crítica del Juicio, §29)» (DELEUZE, Gilles: La philosophie critique de Kant, PUF, 1977, pág. 74) [Traducción de Silverio Sánchez Corredera]
La finalidad de la naturaleza como juicio teleológico
«La finalidad de la naturaleza está pues ligada a un doble movimiento. De una parte, el concepto de fin natural deriva de las Ideas de la razón (en tanto que expresa una unidad final de los fenómenos): “Subsume a la naturaleza bajo una causalidad concebible solamente por la razón” (Crítica del Juicio, §74). Hace falta todavía que no se confunda con una Idea racional, porque el efecto conforme a esta causalidad se encuentra efectivamente dado en la naturaleza: “Por ello, el concepto de fin natural se distingue del resto de las ideas” (Crítica del Juicio, §77). A diferencia de una Idea de la razón [Dios, Mundo, Alma] al concepto de fin natural le es dado un objeto; a diferencia de un objeto del entendimiento , no determina al objeto. De hecho, interviene para permitir a la imaginación “reflexionar” sobre el objeto de manera indeterminada, de tal modo que el entendimiento “adquiere” los conceptos en conformidad con las Ideas de la razón misma. El concepto de fin natural es un concepto de reflexión que deriva de las Ideas reguladoras: en él todas nuestras facultades se armonizan, y entran en un libre acuerdo, gracias al cual reflexionamos sobre la Naturaleza desde el punto de vista de sus leyes empíricas. El juicio teleológico es pues un segundo tipo de juicio reflexionante» (DELEUZE, Gilles: La philosophie critique de Kant, PUF, 1977, pág. 90-91) [Traducción de Silverio Sánchez Corredera]